¿Quienes deben declarar el impuesto?
1. Obligados a Declarar

Se encuentran obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta quienes en el 2019 hubieran obtenido rentas o pérdidas de Tercera categoría y que hubieran estado afectos al Régimen General y/o al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta.

También se encuentran obligados a presentar la declaración, las personas o entidades generadoras de rentas de Tercera categoría que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.

2. No obligados a declarar

A. No están obligados a presentar la declaración jurada anual, los que obtienen Rentas de Tercera Categoría comprendidos en:

El Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUS

El Régimen Especial del Impuesto a la Renta - RER.

Sin embargo, si durante algún mes o periodo del año 2019, su empresa se acogió al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General, entonces deberá presentar su declaración jurada anual con la información que corresponda desde su ingreso a cualquiera de dichos regímenes hasta el 31/12/2019.

B. No están obligados a presentar la declaración jurada anual los contribuyentes no domiciliados en el país que obtengan rentas de fuente peruana.