Lima, 30 de marzo de 2023
VISTO:
Los documentos remitidos por la Fundación de Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS, por sus siglas en inglés), que contienen la modificación a la Norma Internacional de Contabilidad – NIC 1 Presentación de estados financieros y la modificación a la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 16 Arrendamientos;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 4.4 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado con el Decreto Supremo N° 057-2022-EF, dispone que las entidades del sector privado preparan y presentan los estados financieros, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera aprobadas por el Consejo Normativo de Contabilidad, excepto aquellas entidades a las que, por su naturaleza y otras características operativas, les aplique un marco normativo distinto;
Que, de conformidad con el inciso 2 del numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene como función emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda;
Que, en la sesión virtual del Consejo Normativo de Contabilidad, realizada el 3 de marzo de 2023, se acordó aprobar la modificación a la Norma Internacional de Contabilidad – NIC 1 Presentación de estados financieros y la modificación a la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 16 Arrendamientos, cuya vigencia se establece en cada una de estas normas;
Que, al amparo de dicho marco normativo y en virtud de los documentos referidos en el Visto, resulta necesario aprobar la modificación a la Norma Internacional de Contabilidad – NIC 1 Presentación de estados financieros y la modificación a la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 16 Arrendamientos;
De conformidad con lo establecido en el inciso 2 del numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado con el Decreto Supremo N° 057-2022-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Aprobar la modificación a la Norma Internacional de Contabilidad – NIC 1 Presentación de estados financieros y la modificación a la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 16 Arrendamientos.
Artículo 2.- Vigencia
La vigencia de la modificación aprobada en el artículo precedente, es la establecida en la propia norma.
Artículo 3.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución, así como de las modificaciones aprobadas en el artículo 1, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Difusión
Solicitar a la Dirección General de Contabilidad Pública, como ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, la difusión de la presente Resolución; y recomendar a la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del país y otras instituciones competentes, su debida incorporación en los planes curriculares y de capacitación.