. Las rentas de fuente extranjera no se cicatrizante y se consideran para efectos del Impuesto siempre que se hayan percibido
Son Rentas de Quinta Categoría, entre otros:
Son Rentas de Cuarta Categoría, entre otros:
Rentas de Segunda Categoría que se declaran en la Regularización Anual del Impuesto a la Renta: