¿Qué es el regimen de percepciones?
Régimen por el cual, el agente de percepción (vendedor) recibe un porcentaje adicional del importe de una venta o importación, que tendrá que ser cancelado por el cliente, quien no podrá oponerse a dicho cobro.
El agente de percepción para el caso de las ventas internas es el contribuyente designado como tal por la SUNAT o el que vende algunos de los bienes respecto de los cuales se debe realizar la percepción.
En un régimen de percepciones están los sujetos y agentes de percepción
Cliente
Características:
- Pagan el 2% adicional del precio de venta a su proveedor
- Registra la percepción del IGV en la «subcuenta IGV por aplicar», dentro de la cuenta IGV.
- Presenta la declaración mensual PDT 621 a la SUNAT, debe consignar y deducir las percepciones del periodo
Ejemplo:
Proveedor
Características:
- Agrega la factura del cliente el 2% sobre el precio de venta
- Registra la percepción del IGV en la cuenta IGV percepciones por pagar», y en el registro de percepciones.
Presenta y paga a traves del PDT a la SUNAT:
- PDT 697 – Venta interna de bienes
- PDT 633 – Venta de combustibles