Plan Contable General: ACTIVOS POR DERECHO DE USO
CONTENIDO
 
Agrupa las subcuentas en las que se registran los activos que se adquiere bajo la modalidad de arrendamiento financiero. También incluye los arrendamientos operativos,  excepto cuando el arrendamiento es a corto plazo y cuando el activo subyacente es de  bajo valor, en cuyo caso es opcional su tratamiento como activo. 

NOMENCLATURA Y DESCRIPCIÓN DE LAS SUBCUENTAS 

321 Propiedades de inversión: Arrendamiento financiero. Comprende los activos de propiedades de inversión que se mantienen para obtener ganancias de capital o para su arrendamiento a terceros, adquiridos bajo la modalidad de  arrendamiento financiero.

322 Propiedad, planta y equipo - Arrendamiento financiero: Comprende los activos de propiedad, planta y equipo, adquiridos en arrendamiento financiero, que la entidad utiliza para la producción o suministro de bienes y servicios, para arrendarlos a terceros o para propósitos administrativos, y que se espera usar por más de un periodo económico.

323 Propiedad, planta y equipo: Arrendamiento operativo. Incluye activos en arrendamiento operativo bajo el control de la entidad. 

RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN

Los bienes por derecho de uso se reconocerán al inicio del contrato de arrendamiento conjuntamente con un pasivo por arrendamiento, en la contabilidad del arrendatario (NIIF 16, párrafo 22). El costo inicial del activo incluirá todos los siguientes componentes:  el pasivo por arrendamiento inicial; los pagos por arrendamiento realizados antes o a partir de la fecha de inicio del contrato, menos los incentivos de arrendamiento recibidos; los costos directos iniciales incurridos; y, una estimación por desmantelamiento y restauración del lugar de emplazamiento del activo arrendado (NIIF 16, párrafo 24).

El pasivo por arrendamiento inicialmente se mide al valor presente de los pagos por arrendamiento no desembolsados. La tasa de descuento es la tasa de interés implícita si puede ser determinada, sino se usará la tasa marginal de endeudamiento (NIIF 16, párrafo 26). El pasivo incluye los pagos fijos menos cualquier incentivo de arrendamiento por cobrar, los pagos variables que dependen de un índice o una tasa, importes que se espera pagar por garantías de valor residual, el precio por una opción de compra, cuando razonablemente se espera ejercer la opción, y penalizaciones, si se acuerda
contractualmente una opción para la terminación anticipada a favor del arrendatario (NIIF 16, párrafo 27).

En la medición posterior, el activo se mide al costo menos depreciación y desvalorización acumuladas, salvo que activos similares en propiedad de inversión se midan al valor razonable, o en propiedad, planta y equipo, al valor revaluado, en cuyo caso aplicará estas mediciones a los bienes por derecho de uso similares (NIIF 16, párrafos 30 A, 34 y 35). A su vez, el pasivo se medirá posteriormente, incrementándolo para reflejar el interés sobre el valor descontado previo, y reduciéndolo por los pagos efectuados. 

También se actualizará el pasivo por los cambios contractuales de variaciones en el arrendamiento, y otros cambios contractuales como la ampliación o extensión de los contratos (NIIF 16, párrafo 36). En caso no se opte por seguir el tratamiento descrito para activos por arrendamiento operativo, cuando ello es posible a opción del arrendatario, se continuará reconociendo gasto por alquileres. La elección del reconocimiento de gastos por alquileres, en lugar de un activo por derecho de uso, solamente está permitida para arrendamientos de hasta un año de plazo, o arrendamientos donde el activo subyacente es de bajo valor (NIIF 16, párrafo 5).

La contabilidad del arrendador reflejará el activo físico por el control del atributo de propiedad, siguiendo el tratamiento prescrito en las NIIF para ese tipo de activos. Sus ingresos, en casos de activos por derecho de uso originados en operaciones de arrendamiento financiero, serán del tipo financiero, y por arrendamientos operativos, reconocerá ingresos por arrendamiento.

NIIF PYMES:

Los gastos por alquileres se reconocen en forma lineal, conforme se devengan, por lo que se prescribe un tratamiento contable distinto al establecido en las NIIF completas.